Chile aprobó una ley anti-fentanilo. Y nadie habló de quienes esperan tratamiento

En Chile puedes esperar ocho meses por un tratamiento de adicciones. Desde abril de 2026, mientras esperas, también puedes ir preso

El Senado despachó a ley un proyecto que agrava las sanciones al tráfico de sustancias altamente tóxicas —fentanilo, carfentanilo, ketamina y metanfetamina— con penas de hasta 15 años de prisión, incluso por cantidades mínimas. La iniciativa pasó con amplio respaldo transversal. El debate se centró en las rutas de ingreso al país, en las penas para los traficantes, en la seguridad nacional. Hubo aplausos en la sala. Y en todo el debate, nadie preguntó qué le pasa a la persona que ya depende de esa sustancia y lleva meses esperando un cupo que el sistema no tiene.

La pregunta que no se hizo

Chile registra listas de espera de entre tres y ocho meses para atención especializada en adicciones dentro del sistema público, según el propio Ministerio de Salud. Eso significa que cuando una familia detecta el problema, cuando el médico de cabecera finalmente hace la derivación correcta, cuando la persona con dependencia da el paso más difícil, pedir ayuda, el sistema le responde con una fecha a varios meses plazo. En ese intervalo, el consumo continúa. El deterioro avanza. Y desde abril de 2026, ese consumo es también un delito más severamente penado.

Según el World Drug Report 2025 de la UNODC, el 75% de las muertes por sobredosis en países con presencia de fentanilo ocurren entre personas con un trastorno por uso de sustancias diagnosticable. Son personas con dependencia activa que el sistema de salud no alcanzó a tiempo, en muchos casos porque no tenía dónde recibirlas. La ley que acaba de promulgarse en Chile endurece las sanciones al tráfico. El presupuesto de SENDA para 2026 no tuvo un aumento equivalente en la partida de tratamiento. Esa asimetría tiene consecuencias clínicas medibles.

Parecen fenómenos que transcurren en paralelo. Pero son el mismo fracaso visto desde dos ministerios distintos.

Lo que dice la reforma. Y lo que calla

La modificación a la Ley 20.000 chilena introduce un cambio conceptual relevante: la gravedad del delito ya no la determina solo la cantidad incautada sino el «daño potencial» de la sustancia. Ese criterio tiene sentido aplicado al fentanilo, cuya dosis letal para un adulto sin tolerancia puede ser inferior a dos miligramos, menos que un grano de sal de mesa. El argumento de seguridad pública es sólido. El problema es que ese mismo criterio, mal delimitado reglamentariamente, puede alcanzar a sustancias cuya toxicidad aguda es significativamente menor, y a personas cuya relación con esas sustancias no es el tráfico sino la dependencia.

La ley establece que el Ministerio correspondiente tiene seis meses para fijar el listado definitivo de sustancias que califican como altamente tóxicas. En las disposiciones transitorias se nombran el fentanilo, carfentanilo, ketamina y metanfetamina. El cannabis no figura. Pero sigue en la Lista I de fiscalización chilena, la de mayor peligrosidad junto a la heroína, lo que abre una grieta procesal real: fiscales podrían aplicar el criterio de «daño potencial» a una sustancia cuya toxicidad aguda la ciencia no equipara al fentanilo. Un grupo de parlamentarios ya presentó un requerimiento de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional exactamente por esa razón. El resultado está pendiente mientras esta columna se escribe.

La evidencia internacional sobre el efecto de la criminalización en el consumo problemático es consistente y no favorable a esta estrategia cuando se aplica sin política sanitaria paralela. Las personas con dependencia activa no abandonan el hábito porque las penas aumenten. Lo que cambia es el entorno en que consumen: más oculto, más aislado, más lejos de cualquier red de contención. Cada sobredosis que ocurre sin testigos, sin naloxona a mano y sin posibilidad de llamar al servicio de emergencias por miedo a la detención es una sobredosis que el sistema perdió la oportunidad de revertir.

Lo que pasó en España

España no llegó a la gestión actual de las sustancias sintéticas por iluminación repentina. Llegó después de años de muertes evitables, de urgencias colapsadas y de una epidemia de heroína en los ochenta que dejó una generación diezmada y una lección que el sistema tardó décadas en procesar completamente. Cuando comenzaron a circular las sustancias sintéticas de nueva generación, el país tenía ya una infraestructura de respuesta —imperfecta, fragmentada, pero existente— que permitió una reacción más rápida que la de la mayoría de sus vecinos.

Desde 2018, el Plan Nacional sobre Drogas incorporó la reducción de daños como política oficial con financiamiento específico. Eso significó distribuir naloxona fuera del entorno hospitalario: en farmacias, en servicios sociales, en los propios servicios de reducción de daños comunitarios. Significó formar a equipos de urgencias en el reconocimiento y manejo de sobredosis por opioides sintéticos, incluyendo el slamming y las combinaciones de sustancias propias del chemsex. Significó integrar a las organizaciones LGBTQ+ y de reducción de daños en el diseño de las intervenciones, porque son las que tienen acceso real a las personas que el sistema formal no alcanza. Según el Observatorio Español de las Drogas y las Adicciones, entre 2018 y 2023 las muertes por reacción aguda a drogas cayeron un 18%. En el mismo período, el consumo de opioides sintéticos no desapareció. Lo que cambió fue la probabilidad de sobrevivir a una sobredosis.

Chile está donde lo estaba España hace una década, en términos de respuesta institucional a las sustancias sintéticas. La diferencia es que España llegó con una epidemia de heroína ya procesada como lección. Chile llega con el fentanilo todavía en fase de instalación, lo que le da una ventana estrecha para construir la respuesta correcta antes de que la escala del problema haga cualquier respuesta insuficiente.

Lo que Chile tiene. Y lo que le falta

Chile incautó 45 toneladas de drogas en el primer semestre de 2026, según Carabineros, equivalente al 75% de todo lo decomisado durante 2025. Es un récord histórico que refleja un aparato policial funcionando. Al mismo tiempo, SENDA reporta que el sistema público de rehabilitación atiende a menos del 20% de quienes necesitan tratamiento por consumo problemático. Esa asimetría —policía récord, tratamiento insuficiente— es la fotografía exacta de una política de drogas que invierte en el síntoma visible y descuida la causa subyacente.

La naloxona es el ejemplo más concreto del problema. Este antagonista opiáceo revierte una sobredosis de fentanilo en minutos, antes de que llegue cualquier ambulancia. Su eficacia en contextos de emergencia es tan robusta que la OMS la incluyó en su lista de medicamentos esenciales en 2019. En países con epidemia de opioides consolidada —Estados Unidos, Canadá, Reino Unidos— su distribución comunitaria gratuita, sin receta médica, en farmacias y en espacios de consumo supervisado, ha salvado decenas de miles de vidas documentadas. En Chile, conseguir naloxona fuera del entorno hospitalario sigue siendo una gestión compleja para la mayoría de las personas que podrían necesitarla. No hay un programa nacional de distribución comunitaria. No hay formación sistemática en su uso para las personas del entorno de quien consume. Eso no es un detalle técnico. Es una decisión política con consecuencias letales.

Los programas de reducción de daños operan sobre una premisa clínica que el sistema chileno todavía resiste ideológicamente: que una persona que no está lista para la abstinencia sigue mereciendo atención sanitaria. En términos prácticos, esto significa llegar a quienes nunca cruzarían la puerta de un centro de rehabilitación —porque tienen miedo, porque el estigma es insoportable, porque la dependencia no les permite imaginar la vida sin la sustancia— y ofrecerles un punto de contacto con el sistema de salud. Material de inyección estéril para reducir la transmisión de VIH y hepatitis C. Información sobre interacciones peligrosas. Un vínculo humano que, con el tiempo, puede convertirse en la derivación a tratamiento que de otro modo nunca ocurriría. Chile tiene experiencias piloto en esta línea. No tiene política pública nacional.

La Ley 20.000 contempla el consumo personal como categoría diferenciada del tráfico desde su versión original. La reforma de 2026 no reforzó esa distinción. La dejó ambigua en exactamente el tramo donde más importa: el consumo de sustancias que ahora tienen penas agravadas. Quien consume con dependencia activa y en cantidades personales requiere una derivación a tratamiento, no una formalización penal. Ese principio existe en la ley chilena. Necesita traducción operativa clara, y necesita que el sistema tenga dónde derivar a esa persona cuando el fiscal decida no acusarla.

El fentanilo es real. Y el sistema de salud también tiene que serlo

En Estados Unidos, el fentanilo mató a más de 70.000 personas por año en el pico de la epidemia de opioides sintéticos, más que todas las muertes en combate durante la Guerra de Vietnam. La magnitud de ese fracaso sanitario no fue solo farmacológica. Fue el resultado de una industria farmacéutica que minimizó el riesgo adictivo de los opioides recetados, de un sistema de salud que los prescribió masivamente sin seguimiento adecuado, y de una respuesta pública que durante años privilegió la penalización sobre el tratamiento. Cuando el país reorientó su estrategia hacia la naloxona comunitaria, los programas de tratamiento con medicamentos y la reducción de daños, las cifras empezaron a ceder. Las muertes bajaron un 24% entre 2023 y 2024, según los datos más recientes de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades.

Chile tiene la oportunidad de no repetir ese trayecto. El fentanilo está llegando. Los datos de incautación lo confirman. La presencia de casos clínicos documentados —robos de ampollas en hospitales, sobredosis en entornos recreativos— también. La ventana para construir una respuesta de salud pública antes de que la escala del problema desborde cualquier respuesta es estrecha. Y cada mes que pasa sin distribuir naloxona comunitariamente, sin ampliar los programas de reducción de daños y sin separar con claridad al consumidor del traficante en la aplicación de la nueva ley, esa ventana se cierra un poco más.

La ley aprobada en abril es una herramienta necesaria contra el narcotráfico. No es una política de salud pública. Chile necesita las dos cosas. Tiene una. Y el debate que acaba de cerrar en el Senado no fue sobre la otra.

Esa persona —la que consume metanfetamina y lleva ocho meses esperando un cupo en el sistema público— no apareció en los discursos. Aparece en las estadísticas de sobredosis, en las urgencias de los hospitales y en las consultas de quienes trabajan con adicciones.

También apareció, durante años, en el espejo.

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