El futuro real decreto sobre títulos profesionales del sector pesquero reforzará las medidas de prevención contra el consumo de alcohol y drogas a bordo de los buques de bandera española. El texto mantiene los límites ya previstos en la legislación —0,05 % de alcohol en sangre o 0,25 miligramos por litro de aire espirado—, pero introduce una novedad relevante: la obligación de que todos los barcos dispongan de una política específica sobre el uso indebido de alcohol y sustancias estupefacientes.
La norma establece que esa política deberá incluir, como mínimo, la prohibición de consumir alcohol durante las cuatro horas previas al inicio del servicio. La restricción afectará a cualquier miembro de la tripulación, con independencia de sus funciones a bordo, y se extenderá hasta la finalización de su jornada laboral.



