El Gobierno permite la venta de tabaco en los quioscos de prensa

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El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto para subir los impuestos del tabaco que permite, además, la venta de este producto en quioscos de prensa siempre que se realice a través de máquinas expendedoras situadas en su interior. También se incluyen medidas de compensación a los estanqueros.

El Consejo de Ministros ha decidido autorizar la venta de tabaco a los quioscos de prensa que cuenten con las autorizaciones administrativas pertinentes.

Este suministro deberá, en todo caso, realizarse a través de máquinas expendedoras situadas siempre en el interior de los quioscos. Esta autorización no afecta a aquellos quioscos que estén ubicados en lugares en los que la ley prohíbe fumar y, por tanto, vender tabaco.

Subida de los impuestos

El nuevo incremento de la fiscalidad se produce después del error cometido por 30 diputados socialistas en su votación de ayer que dio lugar a la derogación, en el Pleno del Congreso de los Diputados, del Real Decreto Ley del 20 de enero por el que se aumentaban los tipos impositivos del impuesto sobre las labores del tabaco.

El error en la votación se debió a que la diputada socialista María del Carmen Sánchez, encargada de indicar el voto a los miembros de su partido, se equivocó, lo que hizo que muchos de ellos se pronunciasen en contra del Real Decreto.

Con la nueva subida de impuestos «se trata de frenar la rebaja de precios aplicada en las últimas semanas por las marcas asentadas en nuestro mercado», ha señalado el Ejecutivo.

El objetivo es que las marcas baratas suban el precio de sus cajetillas, algo que no se ha conseguido con los anteriores incrementos de fiscalidad, añade el Gobierno.

Apoyo a los estanqueros
El Real Decreto incluye también medidas transitorias de apoyo a los estanqueros, tras «los efectos que las recientes rebajas en el precio del tabaco han tenido sobre los ingresos de los expendedores».

Se establece un margen transitorio complementario del 0,25%, que se suma a la comisión del 8,5% sobre el precio de venta al público que habitualmente perciben los estanqueros.

Esta medida estará en vigor hasta el 30 de junio de 2006 y durante este periodo el Ministerio de Economía y Hacienda queda habilitado para modular en función de la evolución del mercado su importe, que podría llegar al 1%, y su duración.

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