El cannabis medicinal se va a administrar en España por vía oral, en dosis determinadas por el médico para cada paciente que no podrán superar en ningún caso los 32 miligramos diarios y, en principio, para cuatro únicas indicaciones: dolor crónico, espasticidad por esclerosis múltiple, formas graves de epilepsia y náuseas y vómitos por quimioterapia. Así se determina en la monografía que ha publicado la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) del Ministerio de Sanidad, tal y como ha podido comprobar Público.
La monografía ha sido publicada en el Formulario Nacional de la AEMPS, que contiene las fórmulas magistrales y preparados reconocidos como medicamentos, tal como exigía el real decreto aprobado el pasado octubre para poner en marcha el uso del cannabis medicinal en España. En el documento se detallan la composición, metodología de elaboración, indicaciones y características, posibles reacciones adversas, precauciones, contraindicaciones e interacciones de los preparados estandarizados de cannabis que podrán ser elaborados en las farmacias hospitalarias tras la prescripción de un médico especialista.



